Sanidad

El Ayuntamiento de Las Rozas recuerda las normas obligatorias de atención a las mascotas

15 de Marzo de 2010. 12:43 - Nota de Prensa Ayto Las Rozas
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Entre las obligaciones que los poseedores de mascotas han de cumplir figuran, en general, los cuidados básicos de tipo preventivo y la vigilancia de una serie de enfermedades infectocontagiosas. Además, han de cumplir con las fechas de vacunación y desparasitación y la implantación de un microchip para registrarlos en la base oficial de la Comunidad de Madrid. Han de estar censados en el Ayuntamiento de residencia y han de contratar un seguro de responsabilidad civil. En caso de animales potencialmente peligrosos, los poseedores de mascota han de solicitar la licencia y la inclusión del animal de que se trate en el registro correspondiente.
La Concejalía de Sanidad recuerda a los roceños que poseen una mascota la obligación de cumplir las disposiciones municipales, entre las que figura la de tenerlos en buenas condiciones físicas, psíquicas y ambientales.

Entre las obligaciones que los poseedores de mascotas han de cumplir figuran, en general, los cuidados básicos de tipo preventivo y la vigilancia de una serie de enfermedades infectocontagiosas. Además, han de cumplir con las fechas de vacunación y desparasitación y la implantación de un microchip para registrarlos en la base oficial de la Comunidad de Madrid. Han de estar censados en el Ayuntamiento de residencia y han de contratar un seguro de responsabilidad civil. En caso de animales potencialmente peligrosos, los poseedores de mascota han de solicitar la licencia y la inclusión del animal de que se trate en el registro correspondiente.

Los perros están sujetos a la identificación censal y habrán de ir provistos de bozal cuando el temperamento del animal lo aconseje. No se les permitirá beber directamente de grifos o caños de agua de uso público y habrá de impedirse que el perro deposite sus deyecciones en lugares de transito y, de hacerlo, el dueño está obligado a su limpieza. El incumplimiento de esta normativa es considerado infracción y está sancionado con multas de hasta 300 € la primera ocasión; si existe reincidencia será calificada de grave y se le podrá sancionar con multas de hasta 1.500 €.

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