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La Empresa Municipal de la Vivienda dará ayudas de 250 euros al mes para el pago del alquiler en casos de emergencia social

21 de Febrero de 2017. 14:40 - Ayuntamiento de Las Rozas
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La Empresa Municipal de Gestión Urbanística y Vivienda de Las Rozas (EMGV) dará unas nuevas ayudas al alquiler de viviendas, destinadas a paliar situaciones de emergencia o de especial necesidad de familias en la localidad. Estas ayudas son las primeras de este tipo que concede la EMGV. 

La Empresa Municipal de Gestión Urbanística y Vivienda de Las Rozas (EMGV) dará unas nuevas ayudas al alquiler de viviendas, destinadas a paliar situaciones de emergencia o de especial necesidad de familias en la localidad. Estas ayudas son las primeras de este tipo que concede la EMGV.

Ascenderán a 250 euros al mes durante un año, como aprobó el Consejo de Administración de la empresa pública en su reunión de este mes. Los consejeros que representan al Partido Popular y al Partido Socialista votaron a favor y estuvieron de acuerdo con la creación de las ayudas, mientras que los miembros del Consejo por parte de Ciudadanos, Contigo por Las Rozas y UPyD se abstuvieron en este punto.

La EMGV cuenta con un presupuesto inicial para este fin que asciende a 100.000 euros, por lo que se calcula que podrán beneficiar a 33 familias con situación de urgencia en la ciudad, familias que recibirán esta aportación económica de 250 euros al mes, 3.000 euros al año.

Los beneficiarios deben tener un contrato de arrendamiento de una vivienda en Las Rozas y encontrarse en alguno de estos grupos, que son los considerados como necesitados de más ayuda por parte de la Administración: desempleados de larga duración (deben llevar inscritos al menos 12 meses de los últimos 18); mayores de 60 años; víctimas de violencia de género, y personas con algún grado de discapacidad o dependencia, o que convivan con personas con algún grado de discapacidad o dependencia. Además, el contrato de alquiler debe estar en vigor desde hace al menos tres meses, plazo en el que también se debe estar empadronado en la vivienda, que no puede ser de un familiar.

Los beneficiarios también deben acreditar que la suma de sus ingresos de la unidad familiar son superiores a la renta anual en concepto de alquiler e inferiores a cuatro veces el IPREM (7.455,14 euros anuales).

Del 1 de marzo al 7 de abril
La EMGV estudiará pormenorizadamente cada una de las solicitudes, en las que el criterio que más puntúa es la renta del solicitante y de las personas que convivan con él. En caso de empate, tienen prioridad las que se hayan presentado antes. El plazo para poder presentar la solicitud comienza el próximo día 1 de marzo y se prolongará hasta el 7 de abril, en horario de 9.00 a 14.00 horas, en la sede de la EMGV (c/ Doctor Ramón Muncharaz, 10). Más información en www.emgvlasrozas.org.

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