Medio Ambiente
La utilización de barbacoas deberá cumplir la ordenanza de protección de la atmósfera
22 de Junio de 2010. 11:33
- Nota de Prensa Ayto Las Rozas
El artículo 113 de la Ordenanza Municipal de Protección Integral de la Atmósfera recuerda que la evacuación de humos de parrillas, barbacoas y similares no podrá realizarse libremente a través de patios, terrazas, galerías o balcones. La norma municipal, que recoge la totalidad de las disposiciones sobre el tema, señala que la evacuación de humos ha de hacerse a través de una chimenea adecuada e independiente, cuya desembocadura sobrepasará en un metro la altura del edificio propio o colindante.
El artículo 113 de la Ordenanza Municipal de Protección Integral de la Atmósfera recuerda que la evacuación de humos de parrillas, barbacoas y similares no podrá realizarse libremente a través de patios, terrazas, galerías o balcones. La norma municipal, que recoge la totalidad de las disposiciones sobre el tema, señala que la evacuación de humos ha de hacerse a través de una chimenea adecuada e independiente, cuya desembocadura sobrepasará en un metro la altura del edificio propio o colindante.
En jardines y/o parcelas -señala la disposición municipal- se procurará que la evacuación se realice a través de conductos adecuados que cumplan lo establecido en el artículo 93. Y añade: Cuando no sea posible, la evacuación libre de humos se realizará de forma que exista la máxima distancia entre el punto de emisión y cualquier hueco o ventana de edificios o viviendas colindantes (siempre y cuando esta distancia sea inferior a 8 metros) y se adoptarán las precauciones necesarias para evitar la propagación de humos al interior de edificios o viviendas colindantes".
La Concejalía de Vías Públicas, Entorno Natural y Embellecimiento Urbano se propone que ninguna de las zonas naturales de municipio pueda verse afectada por el fuego. A este fin viene trabajando durante todo el año mediante acciones preventivas, como desbroces en zonas de máximo riesgo y adyacentes a zonas edificadas así como actuaciones especiales en áreas forestales como cortafuegos y perímetros de protección. Además, mantiene la colaboración con la Concejalía de Economía, Empleo, Agentes Sociales e Innovación para desarrollar talleres de empleo de tratamientos forestales con el objetivo principal de implementar las especificaciones del programa WARM de la Unión Europea para la prevención de incendios en zonas urbano-forestales.
Por otro lado, desde el 1 de junio hasta el 15 de octubre la Comunidad de Madrid, prohíbe hacer cualquier tipo de fogatas y barbacoas en todos los espacios naturales de la región, incluidas las zonas recreativas de cualquier tipo, al tratarse de un periodo de mayor riesgo de incendios forestales.
En jardines y/o parcelas -señala la disposición municipal- se procurará que la evacuación se realice a través de conductos adecuados que cumplan lo establecido en el artículo 93. Y añade: Cuando no sea posible, la evacuación libre de humos se realizará de forma que exista la máxima distancia entre el punto de emisión y cualquier hueco o ventana de edificios o viviendas colindantes (siempre y cuando esta distancia sea inferior a 8 metros) y se adoptarán las precauciones necesarias para evitar la propagación de humos al interior de edificios o viviendas colindantes".
La Concejalía de Vías Públicas, Entorno Natural y Embellecimiento Urbano se propone que ninguna de las zonas naturales de municipio pueda verse afectada por el fuego. A este fin viene trabajando durante todo el año mediante acciones preventivas, como desbroces en zonas de máximo riesgo y adyacentes a zonas edificadas así como actuaciones especiales en áreas forestales como cortafuegos y perímetros de protección. Además, mantiene la colaboración con la Concejalía de Economía, Empleo, Agentes Sociales e Innovación para desarrollar talleres de empleo de tratamientos forestales con el objetivo principal de implementar las especificaciones del programa WARM de la Unión Europea para la prevención de incendios en zonas urbano-forestales.
Por otro lado, desde el 1 de junio hasta el 15 de octubre la Comunidad de Madrid, prohíbe hacer cualquier tipo de fogatas y barbacoas en todos los espacios naturales de la región, incluidas las zonas recreativas de cualquier tipo, al tratarse de un periodo de mayor riesgo de incendios forestales.
Todavía no hay comentarios, se el primero en comentar.
Noticias relacionadas
Lo más leído en Medio Ambiente
¡Suscríbete a nuestra newsletter para estar al día de todo!

SECCIONES
TIENDAS Y EMPRESAS DE LAS ROZAS
PORTALES INFOMUNICIPIOS