Medio Ambiente
Las piscinas comunitarias de Las Rozas deben solicitar autorización para su reapertura
13 de Mayo de 2010. 10:59
- Nota de Prensa Ayto Las Rozas
La Concejalía de Sanidad y Consumo, en coordinación con la Comunidad de Madrid, desarrolla durante el verano el Programa de Vigilancia y Control de piscinas, con el objetivo de reducir el riesgo de accidentes y posibles enfermedades asociadas al uso y disfrute de las aguas de recreo.
Dentro de este programa se contempla la obligación de las Comunidades de Propietarios de requerir el permiso de reapertura de sus piscinas mediante la cumplimentación del modelo de solicitud disponible en la Concejalía de Sanidad y Consumo (Rosa Chacel, s/n) y presentarlo 15 días antes de la fecha prevista para su apertura.
La Concejalía de Sanidad y Consumo, en coordinación con la Comunidad de Madrid, desarrolla durante el verano el Programa de Vigilancia y Control de piscinas, con el objetivo de reducir el riesgo de accidentes y posibles enfermedades asociadas al uso y disfrute de las aguas de recreo.
Dentro de este programa se contempla la obligación de las Comunidades de Propietarios de requerir el permiso de reapertura de sus piscinas mediante la cumplimentación del modelo de solicitud disponible en la Concejalía de Sanidad y Consumo (Rosa Chacel, s/n) y presentarlo 15 días antes de la fecha prevista para su apertura.
Junto con la solicitud hay que aportar la siguiente documentación: copia del CIF del titular de la instalación; original y copia del contrato del socorrista y suplente así como su acreditación; original y copia del contrato del médico o ATS (en casos en que la instalación lo requiera); certificado de DDD (Desinsectación, Desrodentización y Desinfección); ficha técnica de los productos utilizados en el tratamiento del agua y en el invernaje; análisis fisicoquímico y microbiológico (en el caso de llenado con agua de pozo y piscinas que han mantenido el agua) y certificado de revisión de instalaciones eléctricas de la piscina emitido por Técnico Autorizado.
Una vez comience la temporada veraniega, según la normativa, las piscinas de comunidades con más de 30 vecinos están obligadas a realizar una analítica del agua de las mismas a fin de comprobar si cumplen las condiciones sanitarias exigibles. Este análisis sólo lo puede realizar o acreditar un laboratorio oficial. Las Rozas cuenta con más de 300 piscinas a las que afecta esta norma.
Dentro de este programa se contempla la obligación de las Comunidades de Propietarios de requerir el permiso de reapertura de sus piscinas mediante la cumplimentación del modelo de solicitud disponible en la Concejalía de Sanidad y Consumo (Rosa Chacel, s/n) y presentarlo 15 días antes de la fecha prevista para su apertura.
Junto con la solicitud hay que aportar la siguiente documentación: copia del CIF del titular de la instalación; original y copia del contrato del socorrista y suplente así como su acreditación; original y copia del contrato del médico o ATS (en casos en que la instalación lo requiera); certificado de DDD (Desinsectación, Desrodentización y Desinfección); ficha técnica de los productos utilizados en el tratamiento del agua y en el invernaje; análisis fisicoquímico y microbiológico (en el caso de llenado con agua de pozo y piscinas que han mantenido el agua) y certificado de revisión de instalaciones eléctricas de la piscina emitido por Técnico Autorizado.
Una vez comience la temporada veraniega, según la normativa, las piscinas de comunidades con más de 30 vecinos están obligadas a realizar una analítica del agua de las mismas a fin de comprobar si cumplen las condiciones sanitarias exigibles. Este análisis sólo lo puede realizar o acreditar un laboratorio oficial. Las Rozas cuenta con más de 300 piscinas a las que afecta esta norma.
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