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UPyD Las Rozas pedirá la revisión del impuesto de plusvalía para que refleje la realidad

25 de Octubre de 2013. 17:37 - Nota de Prensa UPyD Las Rozas
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El Grupo Municipal de Unión Progreso y Democracia en Las Rozas pedirá el próximo miércoles que se revise la aplicación del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los terrenos de Naturaleza Urbana, también conocido como plusvalía. Según entiende este partido, el fundamento de este impuesto no se corresponde con el significado del hecho imponible, es decir, gravar el incremento de valor de los terrenos.
El Grupo Municipal de Unión Progreso y Democracia en Las Rozas pedirá el próximo miércoles que se revise la aplicación del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los terrenos de Naturaleza Urbana, también conocido como plusvalía. Según entiende este partido, el fundamento de este impuesto no se corresponde con el significado del hecho imponible, es decir, gravar el incremento de valor de los terrenos.

Antonio Bretón, concejal de UPyD Las Rozas responsable del área económica señaló «nuestra petición viene motivada por varias razones: entre ellas, que el valor de los terrenos ya no sube, por lo que, en todo caso, producirían una pérdida, o minusvalía, con respecto al valor inicial. Por el otro, nos planteamos si no estamos ante una posible múltiple imposición, que habría que subsanar».

En el argumentario de la propuesta de UPyD Las Rozas se recoge que los propietarios de parcelas urbanizables ya contribuyen a la actuación urbanística con el pago de cuotas o cánones de urbanización u otro tipo de aportaciones. Los terrenos urbanos sufragan las obras y servicios públicos con el resto de tasas e impuestos municipales. «Si la razón o fundamento de la plusvalía es el mantenimiento de los servicios municipales, estos ya son financiados por otros impuestos a cargo de los terrenos, por eso es coherente que nos planteemos si no se está produciendo una doble imposición municipal», dijo el edil magenta.

«De la misma manera», subrayó Bretón, «en la declaración de la Renta de las Personas Físicas, la venta de un inmueble conlleva una imposición, siendo en este caso la base de cálculo la diferencia entre adquisición y venta del inmueble: otro impuesto que grava el aumento de valor de los terrenos».

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